Tema: Heroes. Grupo: Revolution Renaissance
Leo hoy no sin cierta perplejidad en Público unas declaraciones del presunto asesino de Carlos Palomino, no ya por la inverosimilitud de las mismas, que también, sino por la que más que evidente estrategia de su defensa jurídica, empleando herramientas – más bien diría argucias – de segundo de Derecho, que es cuando yo al menos estudié Teoría General del Derecho Penal.
Cambiar declaraciones esgrimiendo falta de memoria, alegar que determinadas actuaciones se realizaron bajo los efectos de ciertas sustancias, o justificar el empleo armas blancas indicando que se utilizan como utensilios cotidianos, son tácticas de defensa jurídica en el proceso penal más viejas y sobadas que un cómic de Mortadelo y Filemón.
Recientemente he leído un artículo muy interesante de la revista jurídica IURIS, sobre la reforma de los servicios profesionales recogida en el Proyecto de Ley Ómnibus que según su autor “supone un fuerte impulso a la liberalización del sector, pero exigirá un gran esfuerzo de adaptación a los colegios profesionales, tanto desde una perspectiva organizativa como económica“.
Entre estos colegios profesionales se encuentran, como no podría ser de otra forma, los colegios de abogados, uno de los colectivos con estructura organizativa y funcionamiento de los más hermético, cuya obligatoriedad de colegialización, así como su más que excesivos requisitos económicos relativos a la entrada y permanencia en el mismo es uno de los objetos de esta reforma, en la cual se prevé que la cuota de inscripción o colegiación no podrá superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
Requisitos formales aparte, lo que si bien es cierto es que los Colegios de Abogados deben dotar de más esfuerzos en su labor de control de la bona praxis de sus miembros. Es cierto – y negarlo sería simplemente una mentira por mi parte – que estos comités funcionan y que imponen importantes sanciones tanto pecuniarias como de prohibición del ejercicio de la abogacía. Pero en mi opinión no es suficiente.
Los Abogados estamos sometidos a un Código Deontológico como otros profesionales y creo que no estaría de mal que a quien corresponda hacerlo, revise las mencionadas herramientas/argucias jurídicas de vez en cuando, porque aconsejar a un cliente que declare que llevaba una navaja para pelar fruta, es simple y llanamente un insulto a la familia de la víctima y al sentido común de la sociedad.
Es del todo conocida la doctrina del Tribunal Supremo sobre esta tesitura, que viene a decir que la época de Curro Jiménez hace tiempo que pasó y que por tanto quien lleve un arma blanca tiene un claro animus necandi o al menos una intención de causar lesiones.
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La navaja para pelar fruta…
Leo hoy no sin cierta perplejidad en Público unas declaraciones del presunto asesino de Carlos Palomino, no ya por la inverosimilitud de las mismas, que también, sino por la que más que evidente estrategia de su defensa jurídica, empleando herramientas…